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SUPERVIVENCIA - NUEVA FORMA DE ACREDITARLA.-



A los efectos de facilitar el cumplimiento de la exigencia de acreditar la supervivencia, nuestra CAJA ha logrado instrumentar otra alternativa para los beneficiarios a través de un Convenio con el Banco de la Provincia de Buenos Aires.  A los afiliados que realicen una compra en los meses que a continuación se indican, UNICAMENTE con la misma tarjeta de débito que otorga el Banco de la Provincia de Buenos Aires para la cuenta de Caja de Ahorros abierta por esta CAJA para el depósito de los haberes, SE LES DARÁ POR ACREDITADA SU SUPERVIVENCIA.  Para la acreditación del PRIMER SEMESTRE del año, las compras con la tarjeta de la CAJA, deberán realizarse indefectiblemente en los meses de MAYO o JUNIO; y, para la acreditación del SEGUNDO SEMESTRE, durante los meses de NOVIEMBRE o DICIEMBRE.  En el supuesto de que el beneficiario no haya hecho compras durante esos periodos, deberá presentar la supervivencia de la misma forma en que lo hacía hasta este momento.  Serán válidas todas las compras realizadas sin importar el monto de la operación, en las que el vendedor del comercio le exija al comprador, mostrar el documento de identidad y firmar el cupón de compra. Se excluyen las compras de combustibles, pagos de impuestos, pagos a través de las páginas web o transferencias bancarias. Tampoco se admite como acreditación de la supervivencia el retiro de efectivo de cajeros automáticos.

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