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AUMENTO DE HABERES PARA BENEFICIARIOS A PARTIR DE ABRIL/2023.-



La ley de esta Caja dispone que corresponde al Directorio determinar el valor del módulo UNIDAD BIOQUÍMICA CAJA (UBC) a los efectos de cumplir con el principio rector de todo sistema previsional, de mantener razonablemente actualizado el valor de las prestaciones que otorga considerando las posibilidades de pago de las afiliadas y afiliados activos.

 

La norma establece, además, un único módulo que se aplica tanto a los aportes como a los beneficios y, por ello, el aumento para ambos es idéntico. Este procedimiento, está establecido en la ley con el fin de mantener la equidad del sistema y su sustentabilidad ya que para afrontar las mejoras previsionales nuestra Caja no recibe, como las cajas estatales, fondos provenientes de impuestos.

 

Para dar cumplimiento a la ley, el Directorio realizó un análisis del aumento de las jubilaciones y otras prestaciones otorgadas por el Gobierno Nacional y otras Cajas de profesionales. Todo ello, sin dejar de tener en cuenta la situación económica general del país agravada por las consecuencias de una pandemia cuyas secuelas aún nos afecta a todos con su correlativa incidencia en los obligados a aportar. En este sentido, cabe destacar que, más allá de las dificultades que puedan sufrir quienes aportan, su solidaridad y responsabilidad se demuestran con el muy alto cumplimiento puntual del pago de los aportes.

 

Como consecuencia de todas esas circunstancias, se fijó un aumento de CINCUENTA Y SIETE PESOS ($ 57), por lo cual el valor de la UBC ascenderá a TRESCIENTOS PESOS ($ 300), para posibilitar, dentro de todos los parámetros señalados, una razonable mejora de las jubilaciones, pensiones y subsidios que brinda la Caja.

 

El Directorio no ignora que el aumento implica un gran esfuerzo para las afiliadas y afiliados activos, pero debemos tener en cuenta que el incremento se destina íntegramente a los haberes de las jubilaciones, pensiones y subsidios, debiendo utilizarse también con ese fin parte del Fondo de Sustentabilidad del Sistema. Además, el aumento es la única forma que permite mantener actualizados los valores de las prestaciones para que no estén deteriorados por el transcurso del tiempo cuando los que hoy somos activos y activas, pasemos a pasividad o requiramos subsidios (por embarazo, por incapacidad transitoria, por gastos de sepelio, por mayor edad o por imposibilidad de autoasistirse), o cuando nuestros causahabientes requieran de alguno de los demás beneficios que otorga la Caja (pensión y pensión extraordinaria, ambas a cónyuges o convivientes y/o a hijos e hijas menores o que se encuentren estudiando o a cargo del causante y el subsidio por gastos de sepelio).

 

En definitiva, con un aumento de $ 1.710 en los aportes de la categoría inicial y de $ 4.275 para la máxima, se logrará un incremento de $ 23.655 en la jubilación ordinaria que llegará a $ 124.500; que se incrementa con el subsidio para mayores de 70 años de edad y proporcionalmente en las demás prestaciones.

 

Los nuevos valores deberán ser abonados a partir del período correspondiente al mes de febrero de 2023, que se paga del 1 al 10 de marzo de 2023. Las prestaciones se pagarán con dicho aumento a los beneficios que se devenguen a partir de abril de 2023. La Resolución dictada por el Directorio, así como los nuevos valores de aportes por categoría y el haber de los beneficios, serán publicados en la página Web de la Caja

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