Obligaciones de los Afiliados

La calidad de afiliado a la CAJA implica las siguientes obligaciones

 

A • Abonar

Abonar, ininterrumpidamente, los aportes que determinen la Ley y el Reglamento Interno, para acceder a los beneficios que ella otorga.

B • Suministrar

Suministrar toda información que se le requiere, relacionada con los fines de la CAJA.

C • Informar

informar todo cambio de estado o de situación que genere modificaciones en relación con los beneficios que se otorgan, como así toda transgresión a la presente ley, al Reglamento Interno y a toda norma dictada en consecuencia de aquélla.

D • En general

En general, dar cumplimiento en tiempo y forma a las obligaciones emergentes de la Ley mencionada y a las normas dictadas en su consecuencia.

E • Denunciar

Denunciar el domicilio real y constituir un domicilio especial a los efectos de que se practiquen todas las notificaciones que deba realizar la CAJA. Toda notificación dirigida a este último se considerará válida y tendrá los efectos de comunicación fehaciente.

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